A cada día que pasa van apareciendo noticias en diversos medios, carteles colgados en troncos de árboles y vallas o hilos en foros y chats varios que nos anuncian nuevas restricciones en lo que se refiere a la circulación de bicicletas por la sierra, todo parece nuevo pero en realidad no es así ya que lo que se está dilucidando en su mayoría lleva ya muchos años impreso en los papeles pero nunca puesto en práctica.
Uno de los últimos casos es el camí des Cairats en Valldemossa, la archiconocida y odiada cuesta de hormigón donde han aparecido carteles en la barrera de acceso a la finca pública. Cuando me lo comentaron estaba convencido de que la prohibición afectaba solo al camí de s’Arxiduc y que la situación física del cartel en la entrada de la finca pública era meramente disuasoria, por tanto, si no ibas hacia el Caragolí e ibas al Teix, por ejemplo, no te afectaba, pero me equivoqué, tuve que mirarlo bien para convencerme pero no hay vuelta de hoja, la prohibición es desde abajo, lo que debemos tener claro es porqué es desde abajo.
Al estar situado dentro del término municipal de Valldemossa se ve afectado por la Ordenanza de Caminos, aprobada en 2018, si no recuerdo mal, cuyo objeto primordial es el control y la gestión de la red de caminos públicos más los de uso público o conveniados.
En su artículo 5 se estipula que la red de caminos se estructura en los siguientes niveles:
Nivel 1. Caminos radiales de conexión con diferentes municipios. También se incluyen todos los itinerarios GR.
- Camí de Pastoritx - Camí de Ciutat - Camí d’Esporles
Nivel 2. Caminos radiales dentro del término municipal.
- Camí des Cairats - Camí de la Font den Torner - Camí de sa Coma - Camí de sa Marina - Camí de s’Hort de sa Cova - Camí de sa Barrera de Marina - Camí de Son Olesa a sa Marina - Camí de sa Comuna
Nivel 3. Caminos singulares.
- Camí de s’Escolta - Camí de s’Abocador
La ordenanza en su artículo 18 estipula que se podrá circular con vehículos mecánicos siempre que la anchura sea suficiente, no se dañe el pavimento y se respete el tránsito de viandantes.
El artículo 19 contempla que el Consell de Mallorca u otra institución podrá hacerse cargo de la vigilancia y mantenimiento de los caminos cuando previamente se haya firmado el correspondiente convenio de colaboración.
Como vemos son normas de carácter general aunque aplicadas a una red de caminos públicos muy exigua respecto al número total de caminos recogidos en el catálogo, que es de 80.
Valldemossa posee también un Catàleg d’Elements i Espais protegits que en su artículo 5 define los niveles de protección de los bienes según la norma 47.1.b del PTIM (Pla Territorial de l’Illa de Mallorca). Estos son:
A. Nivel de protección integral
B. Nivel de protección parcial
C. Nivel de protección Ambiental
Este catálogo tiene la particularidad de englobar en el mismo los elementos catalogados en el Pla Especial de Protecció del Lloc Històric del Arxiduc Lluís Salvador con su propio grado asignado.
A1. Protección integral total. Engloba Bienes BIC o equivalentes.
A2. Protección integral parcial
B. Protección Estructural
II. Normativa
8. Usos y/o actividades compatibles
8.7. Usos lúdicos/recreativos
En las propiedades públicas se admiten actividades de ocio, paseo, picnic y otras parecidas.
9.7 Usos lúdico-recreativos
a. Queda prohibida cualquier actividad que no implique un pleno respeto a los bienes públicos y privados existentes, a los derechos y a las propiedades, así como al propio carácter del espacio objeto de la protección.
b. Están prohibidas la acampada, las prácticas deportivas motorizadas y los ruidos innecesarios.
10. Elementos que integran el patrimonio histórico
a. Los caminos y miradores
15. Normativa específica para los caminos
15.3 Restricción del paso de vehículos. En los caminos de herradura queda prohibida la circulación de cualquier tipo de vehículo a motor así como de BICICLETAS DE MONTAÑA. En el resto de caminos la circulación de este tipo de vehículos será de tipo excepcional, únicamente en casos de mantenimiento de las fincas o desplazamiento de los propietarios.
Recalcar que este Plan Especial está en vigor desde el año 2002.
En el Catàleg de Camins tenemos 80 caminos de los cuales hay 35 que están incluidos en el BIC del Lloc Històric del Arxiduc, por tanto afectados por dos normativas distintas, y si además forman parte del GR pueden añadirse más restricciones, y no digamos cuando no son públicos que habrá que lidiar con lo que los propietarios quieran conceder y a su vez debemos tener en cuenta que todo este entramado de caminos está ubicado en la Serra de Tramontana con su propio Plan de Ordenación, por todo ello he querido repasar la documentación de que disponía y también encontrando alguna nueva lo que me ha llevado a modificar bastantes aspectos del blog, ya sean trazas, descripciones o simples detalles, estas últimas semanas sobre todo en la zona de Valldemossa, en esas estamos.
Uno de los últimos casos es el camí des Cairats en Valldemossa, la archiconocida y odiada cuesta de hormigón donde han aparecido carteles en la barrera de acceso a la finca pública. Cuando me lo comentaron estaba convencido de que la prohibición afectaba solo al camí de s’Arxiduc y que la situación física del cartel en la entrada de la finca pública era meramente disuasoria, por tanto, si no ibas hacia el Caragolí e ibas al Teix, por ejemplo, no te afectaba, pero me equivoqué, tuve que mirarlo bien para convencerme pero no hay vuelta de hoja, la prohibición es desde abajo, lo que debemos tener claro es porqué es desde abajo.
Al estar situado dentro del término municipal de Valldemossa se ve afectado por la Ordenanza de Caminos, aprobada en 2018, si no recuerdo mal, cuyo objeto primordial es el control y la gestión de la red de caminos públicos más los de uso público o conveniados.
En su artículo 5 se estipula que la red de caminos se estructura en los siguientes niveles:
Nivel 1. Caminos radiales de conexión con diferentes municipios. También se incluyen todos los itinerarios GR.
- Camí de Pastoritx - Camí de Ciutat - Camí d’Esporles
Nivel 2. Caminos radiales dentro del término municipal.
- Camí des Cairats - Camí de la Font den Torner - Camí de sa Coma - Camí de sa Marina - Camí de s’Hort de sa Cova - Camí de sa Barrera de Marina - Camí de Son Olesa a sa Marina - Camí de sa Comuna
Nivel 3. Caminos singulares.
- Camí de s’Escolta - Camí de s’Abocador
La ordenanza en su artículo 18 estipula que se podrá circular con vehículos mecánicos siempre que la anchura sea suficiente, no se dañe el pavimento y se respete el tránsito de viandantes.
El artículo 19 contempla que el Consell de Mallorca u otra institución podrá hacerse cargo de la vigilancia y mantenimiento de los caminos cuando previamente se haya firmado el correspondiente convenio de colaboración.
Como vemos son normas de carácter general aunque aplicadas a una red de caminos públicos muy exigua respecto al número total de caminos recogidos en el catálogo, que es de 80.
Valldemossa posee también un Catàleg d’Elements i Espais protegits que en su artículo 5 define los niveles de protección de los bienes según la norma 47.1.b del PTIM (Pla Territorial de l’Illa de Mallorca). Estos son:
A. Nivel de protección integral
B. Nivel de protección parcial
C. Nivel de protección Ambiental
Este catálogo tiene la particularidad de englobar en el mismo los elementos catalogados en el Pla Especial de Protecció del Lloc Històric del Arxiduc Lluís Salvador con su propio grado asignado.
A1. Protección integral total. Engloba Bienes BIC o equivalentes.
A2. Protección integral parcial
B. Protección Estructural
II. Normativa
8. Usos y/o actividades compatibles
8.7. Usos lúdicos/recreativos
En las propiedades públicas se admiten actividades de ocio, paseo, picnic y otras parecidas.
9.7 Usos lúdico-recreativos
a. Queda prohibida cualquier actividad que no implique un pleno respeto a los bienes públicos y privados existentes, a los derechos y a las propiedades, así como al propio carácter del espacio objeto de la protección.
b. Están prohibidas la acampada, las prácticas deportivas motorizadas y los ruidos innecesarios.
10. Elementos que integran el patrimonio histórico
a. Los caminos y miradores
15. Normativa específica para los caminos
15.3 Restricción del paso de vehículos. En los caminos de herradura queda prohibida la circulación de cualquier tipo de vehículo a motor así como de BICICLETAS DE MONTAÑA. En el resto de caminos la circulación de este tipo de vehículos será de tipo excepcional, únicamente en casos de mantenimiento de las fincas o desplazamiento de los propietarios.
Recalcar que este Plan Especial está en vigor desde el año 2002.
En el Catàleg de Camins tenemos 80 caminos de los cuales hay 35 que están incluidos en el BIC del Lloc Històric del Arxiduc, por tanto afectados por dos normativas distintas, y si además forman parte del GR pueden añadirse más restricciones, y no digamos cuando no son públicos que habrá que lidiar con lo que los propietarios quieran conceder y a su vez debemos tener en cuenta que todo este entramado de caminos está ubicado en la Serra de Tramontana con su propio Plan de Ordenación, por todo ello he querido repasar la documentación de que disponía y también encontrando alguna nueva lo que me ha llevado a modificar bastantes aspectos del blog, ya sean trazas, descripciones o simples detalles, estas últimas semanas sobre todo en la zona de Valldemossa, en esas estamos.
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